Acuerdo entre la Unión Europea y China sobre las indicaciones geográfica

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La Conferencia Española de Consejos Reguladores Vitivinícolas (CECRV), la asociación que representa a las denominaciones de origen de vino, considera que el acuerdo alcanzado entre la Unión Europea y China para la protección recíproca de indicaciones geográficas es muy positivo, no solo para las denominaciones de origen, sino para todo el sector del vino de la Unión Europea, principal sector exportador del conjunto de la Unión.

Para la asociación nacional de denominaciones de origen de vino, la conclusión de las negociaciones entre la UE y China para el acuerdo de protección recíproca de 100 indicaciones geográficas de ambas partes en sus respectivos territorios, a las que se sumarán otras 175 indicaciones más, tanto de China como de la Unión, en los 4 años posteriores a la entrada en vigor del mismo, supone un paso muy relevante en la progresiva consolidación internacional del concepto D.O., como una herramienta que ayuda a vender con mayor valor económico, que confiere prestigio y reputación a sus productores, elaboradores y al conjunto del territorio y de sus habitantes detrás del nombre de la denominación de origen y que contribuye a competir en el mercado internacional.
 
CECRV recibe con satisfacción el principio de acuerdo, que aún debe ser ratificado por el Parlamento y por el Consejo Europeo y que, una vez adoptado por dichas instituciones, entraría en vigor, previsiblemente en la segunda mitad de 2020. El acuerdo incluirá inicialmente a 8 denominaciones de origen de vino españolas (Rioja, Cava, Cataluña, La Mancha, Valdepeñas, Jerez/Xérès/Sherry, Navarra y Valencia), entre las 100 IIGG agroalimentarias de la Unión Europea que se protegerán inicialmente, a las que se sumarán otras 15 (Somontano, Cariñena, Alicante, Utiel-Requena, Málaga, Manzanilla-Sanlúcar de Barrameda, Ribera del Duero, Rueda, Bierzo, Toro, Jumilla, Empordà, Penedés, Priorat y Rías Baixas.) en un periodo de 4 años tras la entrada en vigor del mismo, entre las 175 adicionales que se incorporarán al texto.
 
La protección de las denominaciones de las origen evitará y anulará el registro de marcas que puedan suponer un riesgo de confusión a los consumidores chinos respecto al verdadero origen de los productos, así como respecto del cumplimiento de las condiciones de producción y elaboración que determinan las DDOO en las que se inscriben los productos que emplean su nombre en la comercialización, recogidas en sus pliegos de condiciones.

Las denominaciones de origen protegen el saber hacer acumulado y vinculado a una zona y son patrimonio colectivo de los agricultores y elaboradores de la misma, así como del conjunto de los habitantes de sus territorios, por lo que su protección por parte de las instituciones públicas en un mercado tan importante como China es una forma de protección de nuestra herencia colectiva.
 
China es actualmente el 4º mercado internacional para los vinos con denominación de origen de nuestro país, el segundo en lo que a países terceros (fuera de la UE) se refiere, tras EE.UU., y uno de los más inversión y esfuerzos comerciales recibe por parte de nuestras denominaciones de origen y sus operadores.  



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